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Los estándares internacionales para la acción contra minas contemplan como víctimas a las comunidades de los lugares donde han ocurrido accidentes con MAP/MUSE.

El documento que recoge dichos estándares – IMAS, por sus siglas en inglés,  –  dispone en su numeral 3.275 que los sobrevivientes “Son las personas que, individual o colectivamente, han sufrido un daño físico, emocional y psicológico, pérdidas económicas o una vulneración de sus derechos fundamentales, a través de actos u omisiones, relacionados con el uso de minas o la presencia de  restos explosivos de guerra (ERW). Los sobrevivientes o víctimas, de minas/ERW, incluye a las personas impactadas directamente, sus familias y las comunidades afectadas por minas terrestres y restos explosivos de guerra (ERW).”

Desde esta perspectiva, las cifras en cuanto al número de personas afectadas por minas antipersonal, munición sin explotar y artefactos explosivos improvisados son inciertas. Este vacío de información plantea un reto enorme para la implementación de la Ley de Víctimas. Aunque reconocemos el importante avance que la ley 1448 representa, consideramos que hay que redoblar esfuerzos para que los canales de reparación incluyan a esta población que es mucho menos visible que los sobrevivientes directos, pero que igualmente deben ser cobijadas por el marco de la norma.

 

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